domingo, 12 de febrero de 2012

LA CREDIBILIDAD DE LA CIUDADANIA A TRAVES DEL CONTROL SOCIAL.


Todos los puntos que he expuesto en el blog nos conlleva al que tratamos a continuación que se encuentra muy ligado al proceso de democracia, ya que la ciudadanía puede ejercer un control a través del voto, audiencias, licitaciones publicas y todo aquello que garantice un acceso a la información sin que el pueblo lo solicite.
Cuando se habla de Plebiscito y Referéndum nos referimos a una de las armas más fuertes que posee el pueblo ya que si bien definimos esta, nos referimos a una resolución tomada por un pueblo a partir de la pluralidad de votos. Se trata de una consulta realizada por los poderes públicos para que la ciudadanía se exprese mediante el voto popular directo respecto a una determinada propuesta. Esto es también conocido como referéndum, es una elección que nace por propuesta de los representantes constitucionales. Suele crearse a partir de la fórmula sí o no, donde los votantes deben responder a la pregunta planteada por un ente electoral.

La constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela bien lo expone en su artículo 72 donde expresa:

 Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del periodo para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un numero no menor al veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.

Pero no es suficiente que solamente los funcionarios tengan y asuman códigos de Conducta, sino que la sociedad toda, en su conjunto, debe reflexionar sobre las actitudes a asumir y que se cumplan con los valores básicos que deben respetarse en las relaciones humanas para que los sistemas sociales, económicos y políticos puedan funcionar armónicamente por el bien de la comunidad.

Los mecanismos de control social más resaltantes son:

                     i.        La participación ciudadana.
                   ii.        Las veedurías ciudadanas.
                  iii.        La revocación de los mandatos.



No hay comentarios:

Publicar un comentario